Nunca es tarde si la dicha es buena.
Y, verdaderamente, para este caso, la dicha es inmejorable. Desafortunadamente, en EndeF no podemos estar de acuerdo con la parte que hace referencia al tiempo que se ha necesitado para dicha dicha, todo sea dicho. No obstante, y pese a las pésimas condiciones que el sector de la energía solar en nuestro país ha padecido en contra de la lógica y a diferencia del resto de países desarrollados, desde el día 5 abril estamos de celebración.
Y es que, por fin, el autoconsumo fotovoltaico ha sido regulado de una manera positiva para el consumidor, para las empresas y, sobretodo, para la sociedad. La noticia llegaba en forma de Real Decreto (RD 244/2019), y aunque tampoco cogía a nadie por sorpresa, ha sido recibida como agua de mayo dentro de un sector que suficientes varapalos ha sufrido en los últimos años.
A lo largo de este artículo podrás ver y descubrir cuales son las principales novedades referentes al autoconsumo y que han supuesto una revolución total dentro del sector.
Novedades que trae el RD 244/2019
Autoconsumo compartido
Aunque en octubre de 2018 ya se le empezó a dar forma, ha sido ahora cuando por fin han quedado marcadas las normas que regularán la ejecución de instalaciones compartidas entre varios consumidores. Esto, como parece lógico, cobra especial interés en edificios y comunidades de vecinos donde, a partir de ahora, todos los vecinos podrán beneficiarse de una misma instalación solar.
El funcionamiento de estas instalaciones queda marcado por una forma de compensación que prevé un reparto “estático” del ahorro entre los vecinos, es decir, cada uno de ellos tiene una cuota de producción eléctrica, según la cual serán compensados; la electricidad se repartirá de forma fija entre los vecinos. En caso de que no se llegase a un acuerdo vecinal, el reparto se llevaría a cabo en función de la potencia contratada de cada uno.
Otros de los aspectos a destacar dentro del autoconsumo compartido es que si un vecino no está en casa, su parte correspondiente de energía se pierde, no siendo posible que otro vecino que sí está produciendo la compense.
Esta parte referente al autoconsumo compartido, sobre la que ya os hablamos en entradas anteriores, sumado al resto de novedades aparecidas en el RD 224/2019 son las principales causas que van a hacer que, de aquí a unos meses, las instalaciones fotovoltaicas aparezcan a un ritmo vertiginoso sobre las cubiertas de los edificios. ¿Apostamos?
¿Qué sucede con el excedente de tu instalación de autoconsumo?
A diferencia de lo que ha venido ocurriendo durante los últimos años con el excedente de tu instalación, el cual tenía que ser vertido a la red de manera gratuita, el RD 244/2019 establece un sistema de compensación en forma de ahorro. Por primera vez, la normativa establece que para todo el sobrante de electricidad generada y vertida a la red se genere una compensación que, en este caso, será reflejada en la factura eléctrica, con saldo negativo, junto al término de potencia (coste fijo) y al consumo de energía (coste variable). Se trata, pues, de un descuento en la factura de la luz.
Sin duda alguna, esta se trata de una de las mejores noticias posibles dentro del nuevo RD, especialmente para el prosumidor (productor + consumidor); a partir de ahora, los periodos de amortización de la inversión inicial a realizar se reducirán, convirtiéndose así en una opción aún más viable. Por término medio, se estima que el periodo de amortización de una instalación fotovoltaica de autoconsumo en una vivienda unifamiliar se reduce en torno a los 2 años gracias a este sistema de compensación.
Se van acabando los motivos y excusas para no realizar una instalación solar en tu vivienda, ¿no crees?
Mayores facilidades y supresión de requisitos técnicos
Otro de los argumentos que nos trae el nuevo RD es la mayor facilidad que habrá a partir de ahora a la hora de ejecutar una instalación solar. Desaparecen ciertas trabas y complicaciones que eran completamente innecesarias como, por ejemplo, la necesidad de instalar un segundo contador o que éste estuviese en el exterior de la finca. La supresión de elementos cómo estos suponen un ahorro en costes derivados de la instalación de los equipos fotovoltaicos.
Además, se simplifican los procesos a seguir a la hora de presentar el boletín y documentación necesaria para la legalización de la instalación.
Vamos… que todo son ventajas.
Más allá de estas nuevas incorporaciones en materia de autoconsumo energético, lo que la publicación de este RD supone es el empoderamiento de la ciudadanía. A partir de ahora, y gracias a este RD, cada uno de nosotros vamos a tener la facilidad de escoger libremente qué modelo energético queremos en nuestra vivienda o negocio; la transición energética, sin ninguna duda, parte de este punto, de darle a los ciudadanos la capacidad de elegir el origen y uso de la energía consumida.
Por último, destacar que, pese al miedo que pueda llegar a generar la posibilidad de un futuro cambio de gobierno, este RD ha venido para quedarse definitivamente. Principalmente por dos motivos: el primero de ellos está en los constantes “tirones de oreja” que desde la Comisión Europea se nos viene dando desde hace años en materia energética. El segundo de los motivos es que, este RD es algo esperado por absolutamente toda la ciudadanía, quien considera que es hora de apostar por el fomento de las energías renovables en el país. Ir en contra de ello y apostar por una vuelta atrás sería algo impopular y que, sin lugar a dudas, pasaría factura al Gobierno responsable de un nuevo hachazo a la fotovoltaica.
Ahora sí que sí, el autoconsumo ha quedado completamente abierto y disponible para todo el mundo; ya no hay excusas para no empezar a generar tú mismo tu electricidad .
No dudes en contactar con EndeF si deseas ampliar la información sobre este RD y/o comenzar hoy mismo con el estudio de las posibilidades energéticas disponibles para tu vivienda o negocio.
Lo hacemos fácil. Lo hacemos por tí.