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Financiación para Comunidades Energéticas: Subvenciones estatales para proyectos de innovación promovidos por entidades locales

Desde el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se han publicado subvenciones para la financiación de proyectos de innovación territorial, la reactivación de la actividad socioeconómica y la lucha contra la despoblación.

Entre las actuaciones a financiar que incluyen estas subvenciones estatales se encuentra la creación de comunidades energéticas locales. Lo que supone una gran oportunidad de financiación para los municipios. En siguiente artículo se desglosará y resumirá la información más relevante a cerca de estas subvenciones y en relación con estos proyectos de energías renovables.

Objeto y Finalidad

La financiación de proyectos innovadores promovidos por las entidades locales para la transformación territorial que, desde una dimensión económica, social, medio ambiental y de género propicien la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación y revaloricen el espacio rural.

Se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

¿A quién va dirigida?

  • Ayuntamiento o Agrupaciones de Ayuntamientos
  • Diputaciones provinciales y forales, Cabildos y Consejos Insulares
  • Consejos Comarcales
  • Mancomunidades de Municipios
  • Organismos autónomos vinculados a las entidades locales anteriores

Estas ayudas serán compatibles con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos recibidos para las mismas actuaciones, procedentes de cualquier Administración, entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que la suma de todas ellas no supere el coste de las actividades subvencionadas, y que no hayan sido concedidas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Financiación y Cuantía de la Subvención

  1. Serán financiables los gastos contraídos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
  2. El importe total de las ayudas para 2023 es de 16.234.430€. El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser inferior a 10.000€, ni superar los 500.000€
  3. Cada entidad podrá presentar un único proyecto, con las actuaciones a realizar en el año.
  4. Las ayudas concedidas no podrán superar el 90% del total de gasto subvencionable.

Plazos y calendario

Las solicitudes podrán hacerse desde el 3 de julio hasta el 11 de julio.

El plazo máximo de ejecución de los proyectos que resulten subvencionados es hasta el 31 de diciembre de 2025.

El plazo máximo para resolver y notificar la solicitud será de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria.

Gastos subvencionables

Se consideran gastos subvencionables aquellos que, con carácter general, estén relacionados y sean adecuados para el desarrollo de la actividad objeto de la ayuda.

Podrá aplicarse a los siguientes costes directos:

  • Gastos de personal
  • Gastos de viajes y manutención
  • Gastos de actividades
  • Gastos de inversión
  • Gastos de revisión de cuenta justificativa

En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Será en el Anexo, en concreto en los Objetivos Específicos nº5 y nº6 en donde encontremos las actuaciones relacionadas con las energías renovables. Así, en el O.E.5 Desarrollo e Innovación en el Territorio se indica la Creación de comunidades energéticas locales asociadas a procesos participativos y en el O.E.6.Mantenimiento y Renovación de la Vivienda y Conservación del Patrimonio Arquitectónico encontraremos la Promoción de la eficiencia energética y el autoconsumo energético, relacionada con la atracción de nueva población.

Documentación a presentar

Las solicitudes deberán ser dirigidas a la Dirección General de Políticas contra la Despoblación, y estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (http://sede.miteco.gob.es)

  1. Formulario de solicitud de ayuda
  2. Memoria descriptiva de las actuaciones
  3. Declaración Responsable

¿Qué podemos hacer desde ENDEF?

Como expertos en autoconsumo solar, desde ENDEF te ofrecemos una serie de servicios relacionados con la conformación e instalación de comunidades energéticas.

  1. Desde nuestra Ingeniería nuestros expertos adecuarán el proyecto a tus necesidades y a las condiciones de la subvención.
  2. Nuestro equipo de instaladores llevará a cabo la actuación de forma limpia y profesional en el momento que quede resuelta la subvención.

Si te interesa esta propuesta o cualquier otra que tenga que ver con el autoconsumo solar, no dudes en ponerte en contacto con nosotros te informaremos y guiaremos sea cual sea tu necesidad.

Enlaces de interés

Publicación en el BOE

Portal de Solicitud

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